La ley y la justicia son sorprendentemente impredecibles, ambas son un producto humano y por tanto sujetas a las fallas propias de nuestra naturaleza.
La ley se expresa por signos, como puede ser una imagen, así acontece con un letrero de estacionamiento prohibido, hasta una luz como se presenta en un semáforo; pero la forma más común de expresión de la norma jurídica es a través del lenguaje escrito, con todas las limitantes que esto representa, pero sujeta también a los vaivenes y caprichos de las personas que la elaboran, quienes en muchas ocasiones no son las mejor preparadas para desarrollar esa función, por sus limitaciones intelectuales, éticas y políticas.
La impredecibilidad de la justicia brota de las propias limitaciones de la ley, que es la guía que el juez debe tomar para resolver los conflictos, la propia idiosincrasia del juez es otra circunstancia que delimita la justicia, quienes nos hemos dedicado a la búsqueda de la justicia, conocemos las vicisitudes que esto representa, conocer la forma de ser y pensar del juez, puede ser un factor decisivo sobre la manera de plantear un caso.
Esta impredecibilidad obliga a la implementación de instrumentos que permitan reducir los riesgos que representa; así por ejemplo una política constante de capacitación ética y jurídica y la elaboración de protocolos de actuación, que permitan homologar la actividad del tribunal, son elementos indispensables para reducir las fallas humanas de un sistema de justicia.
Respecto al riesgo que deriva de la expresión de la norma jurídica existe un diverso instrumento que es el precedente judicial, común a todo sistema de justicia, con mayor o menor importancia, dependiendo del valor que se le dé como fuente de derecho.
Este sistema se basa en el principio conocido como stare decisis, cuya traducción es “estarse a lo dicho”, lo que implica que una vez que el juez ha determinado cual es la forma como debe interpretarse la expresión lingüística de la ley, en los siguientes casos que deba aplicar la misma norma, deberá ser congruente con la interpretación anterior y resolver en el mismo sentido. Este principio salva dos valores esenciales del derecho: la seguridad jurídica, en tanto permite conocer cómo se resolverá un conflicto y el de igualdad frente a la ley, pues si el juez es congruente, cada vez que deba aplicar la ley, lo hará en igual sentido, en forma impersonal.
Pero este principio no se limita al juez, sino que debe trasladarse a todo el sistema de justicia, en el nuestro se aplica con lo que conocemos como “Jurisprudencia Firme” la que conlleva una forma obligatoria de interpretar la ley; en el caso de nuestro sistema jurídico. Cuando se ha decidido cómo debe interpretarse la ley, a través de este sistema, todos los tribunales del país deberán decidir los casos utilizando el mismo criterio de interpretación; así por ejemplo, si existe una exención fiscal hacia las empresas que se dedican a la recolección de basura en la vía pública y el criterio de interpretación decide que por «vía pública» deberá considerarse no sólo aquellas vías de comunicación que se encuentran en las zonas urbanas, sino también las que se encuentran en las carreteras del país, cada vez que se plantea un caso en que deba interpretarse esta norma, el tribunal que decida deberá considerar esa expresión (vía pública) en el mismo sentido.
El principio stare decisis conlleva también un principio ético, que es el de congruencia, lo que era considerada por los griegos como aquella concordancia que se da entre el pensar, el decir y el hacer. Cumple así con el principio ético de congruencia quien dice lo que piensa y actúa conforme dice; de aquí que si el juez menciona interpretar la ley en cierto sentido, será congruente cuando continúe interpretando de igual forma y, este principio se traslada al sistema de justicia en cuanto que en el mismo debe existir igual interpretación a la norma jurídica, es decir el principio de congruencia debe prevalecer no sólo en el juez en lo individual, sino ser una práctica constante en un sistema de justicia, pues esto es lo que garantiza la seguridad jurídica y la igualdad frente a la ley.
La práctica en México violentaba este principio ético pues aquellos tribunales, que tenían la facultad de formular jurisprudencia, podían variar su criterio interpretativo y aplicar esta nueva interpretación al caso que juzgaban, lo que creaba una fuerte inseguridad jurídica, esto obedecía a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consideraba que podía variar su jurisprudencia en cualquier momento, lo que implicaba también aquellos casos que habían sido planteados en la vigencia de una jurisprudencia previa; siguiendo con el anterior ejemplo, si una empresa que se dedicaba a la recolección de basura ya había planteado su caso ante los tribunales, estableciendo que debía de aplicarse la exención fiscal a las actividades de recolección de basura que realizaba en las carreteras, pudiera resultar que su caso a llegar ante la Suprema Corte, ésta decidiera cambiar su criterio interpretativo y negarle la petición que había formulado; esto evidentemente implicaba una grave inseguridad en el Sistema de Justicia Mexicano. En mayo del presente año, se han publicado criterios que establecen la necesidad de aplicar la jurisprudencia vigente al caso planteado y solo poder modificar la forma de interpretación de la ley, para los casos subsecuentes que no han sido planteados todavía ante el sistema de justicia. Me congratulo por estos criterios de interpretación que nos permiten tener un mejor sistema de justicia.